En las últimas, fechas y debido a la intensidad de las lluvias registradas que han afectado a nuestra zona, estamos gestionando una cantidad muy importante de siniestros que están amparados bajo la garantías del Consorcio de Compensación del Seguros.
A grandes rasgos podemos decir que en España las catástrofes naturales están normalmente cubiertas por el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, (Ley 21/1990 de 19 de Diciembre) Entidad Pública Empresarial que se nutre de los recargos que obligatoriamente deben incorporar los contratos de seguros para cubrir los Riesgos extraordinarios.
Esta figura es prácticamente exclusiva de nuestro país, ya que casi ninguno de nuestro entorno da una cobertura tan amplia y específica ante tales circunstancias. Por nuestra actividad profesional como correduría de seguros en Marruecos conocemos lo dramático para muchas empresas de la inexistencia de estas coberturas en póliza de manera implícita para este tipo de siniestros catastróficos, circunstancias que obligan como mínimo a la paralización de la actividad que conlleva a unas perdidas económicas en muchas ocasiones insalvables.
Por esto decimos que el nuestro, y ojalá sirva de precedente, es un modelo a imitar por el resto de paises de nuestro entorno con el añadido que, y siempre desde nuestra experiencia, la agilidad y tramitacion de los siniestros no difiere mucho de la actuación para los siniestros tramitados por una Entidad Aseguradora
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